El Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias, PEAC, es un procedimiento que permite ACREDITAR competencias profesionales que han adquirido las personas, a través de su experiencia laboral, facilitando la obtención del título de Formación Profesional o el Certificado de Profesionalidad vinculado a esa cualificación.
Este proceso se realiza a través de la evaluación de cada una de las competencias incluidas en la cualificación. Las Cualificaciones Profesionales que integran el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales se ordenan por familias profesionales y niveles de cualificación.
Participar en este Procedimiento tiene ventajas:
Son convocatorias abiertas, de los Procedimientos de Evaluación y Acreditación de Competencias, con carácter permanente.
Estos PEAC de carácter permanente, están organizados a través de convocatorias abiertas a todas las Unidades de Competencia incluidas en los títulos de Formación Profesional ofertados en la Comunidad Autónoma de Aragón y en los certificados de profesionalidad o cualificaciones profesionales no incluidos en dichos títulos y que sean de interés para la población trabajadora de Aragón.
Con las cualificaciones profesionales completas incluidas en las convocatorias asociadas a títulos de formación profesional, se puede acreditar las unidades de competencias que facilita la obtención del correspondiente certificado de profesionalidad.
En la inscripción en una convocatoria abierta permanente se puede seleccionar el número de unidades de competencia que interese a la persona que se inscriba, en función de si se quiere obtener un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad.
Esto implica que el periodo de inscripción estará abierta permanentemente.
Estos procedimientos facilitan la acreditación de la población en el momento que nos interese, sin necesidad de esperar a la publicación de una convocatoria.
1.- El ASESORAMIENTO se realiza a través de entrevistas individuales. Un asesor o asesora acompañará y aconsejará al participante para preparar la documentación, realizar el cuestionario de autoevaluación, ayudando a la persona inscrita en el proceso a recoger evidencias que le permitan demostrar su competencia y prepararse para la fase de evaluación.
2.- La EVALUACIÓN de la competencia profesional de la persona inscrita se realiza mediante el análisis de las evidencias aportadas por esta, con una o varias entrevistas personales y, si fuera preciso, la realización de pruebas de competencia. El objetivo de la fase de evaluación es demostrar la competencia profesional relacionada con aquellas unidades de competencia para las que se ha solicitado el reconocimiento.
Cuando la persona candidata justifique solo formación NO formal y NO tenga experiencia en el proceso de ejecución de técnicas específicas de la competencia evaluada realizadas con eficacia y seguridad, se le someterá, al menos, a una prueba profesional de evaluación y a una entrevista profesional estructurada, sobre la dimensión relacionada con el «saber» y «saber estar» de la competencia profesional.
A través del estudio de la información profesional y/o de las pruebas que se han aportado, del informe del asesor/a, de las ENTREVISTAS PROFESIONALES y la posible PRUEBA DE COMPETENCIA, la Comisión de Evaluación, determinará qué competencias profesionales quedan o no suficientemente justificadas.
3.- La Agencia ACREDITA y REGISTRA las unidades de competencia, que han sido reconocidas en la fase de evaluación, para su validez nacional y continua.
El plazo máximo para resolver será de SEIS MESES, aproximadamente, desde que la solicitud tenga entrada en el registro general o electrónico de la administración competente para su tramitación.
En caso de que no se dicte resolución expresa en plazo, la solicitud presentada se entenderá desestimada por silencio administrativo.