La Agencia de las cualificaciones profesionales de Aragón regulada por el Decreto 26/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón (B.O.A. 23/02/2005) establece en el artículo 3 las funciones de la Agencia “La Agencia colaborará en los procedimientos de consulta de la Administración General del Estado…”, en particular, corresponde a la Agencia g) Realizar la adecuada coordinación con el Instituto Nacional de las Cualificaciones y promover la colaboración con los órganos análogos de las Comunidades Autónomas, por lo tanto, corresponde a la Agencia enviar a contraste externo las cualificaciones propuestas desde el Instituto Nacional de Cualificaciones Profesionales, es decir, someterlas a la opinión de técnicos o expertos de organizaciones empresariales, empresas, asociaciones profesionales, institutos de educación secundaria, organizaciones sindicales, entre otros, con el fin de que realicen las aportaciones que consideren oportunas.
Esta fase de análisis y valoración de las cualificaciones propuestas se realiza utilizando un cuestionario, denominado “Cuestionario para el contraste externo de cualificaciones profesionales”, donde se pueden incluir las opiniones sobre los distintos elementos de la cualificación para su mejora y validación y, por lo tanto, mejorar la calidad, antes de su aprobación.
Cada cualificación profesional, con la formación asociada, se somete al Consejo General de Formación Profesional, las cualificaciones se incorporan al Catálogo Nacional de Cualificaciones una vez aprobadas mediante Real Decreto y publicadas en el BOE, en desarrollo de la Ley orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y de la Formación profesional.
Los módulos formativos asociados a cada cualificación se incorporan al Catálogo Modular de Formación profesional. Este Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales será la base para las distintas ofertas de formación profesional, así como el referente para reconocer y acreditar los aprendizajes no formales e informales, incluida la experiencia laboral.
· INAEM
· Organizaciones empresariales
– CEPYME
– CREA
· Organizaciones sindicales
– UGT
– CCOO
· Institutos de Educación Secundaria/Departamentos de Familia Profesional
· Centros concertados y privados
· Determinar aproximadamente tres empresas por sector productivo/familia profesional