El pago de tasas se realiza dos veces a lo largo del Procedimiento y solamente cuando ya se está admitido.
Tasa de Asesoramiento:
La persona admitida en este procedimiento específico, y en el plazo máximo de diez días hábiles, deberá confirmar su inscripción en la fase de asesoramiento a través de la aplicación informática SIGPEAC y abonar 33,87 euros en concepto de Tasa 37, es un pago único, independiente del número de unidades de competencia inscrita en asesoramiento.
Tasa de Evaluación:
Esta tasa se tendrá que pagar una vez finalizado el asesoramiento, en el momento de la matrícula en la fase de evaluación. Son 16,93 € por unidad de competencia, hasta un máximo de 84,65 €.
Están exentos del pago de las tasas:
- Las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos e hijas, conforme a la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo.
- Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, los seis meses anteriores a la fecha de solicitud de inscripción en la fase de asesoramiento.